Holaaa! Primero gracias a Maya y a todxs lxs que comparten data! Y gracias por los videos de Youtube, son lo más.
Mi duda es la siguiente. Saqué un disco, hice los trámites de obra inédita y fonograma publicado en DNDA, declaré repertorio en GIT en CAPIF, y tengo las letras y músicas registradas en SADAIC. Entiendo que solo me faltaría AADI para terminar con los trámites. En el disco soy compositora e interérprete. Pienso ir a AADI en estos días…
Pasaron mi música en algunas radios luego de haber hecho el trámite de obra inédita en DNDA, de registrar los temas en SADAIC y de la publicación web del disco. O sea, no había declarado repertorio en CAPIF, ni había hecho el trámite de fonograma publicado ni me había registrado en AADI (esto aún está pendiente).
¿Tengo posiblidad de cobrar las regalías por las veces que me pasaron en radios este tiempo? Tengo anotadas las fechas y los nombres de los programas donde sonó la música. En caso de que se pueda, debería cobrar SADAIC + AADI-CAPIF? O solo AADI-CAPIF? Ahí ya me pierdo mucho!
MIL GRACIAAAS!