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Etiquetado: auto gestión, obras editadas, obras ineditas, registro de fonogramas
- Este debate tiene 21 respuestas, 11 mensajes y ha sido actualizado por última vez el hace 7 meses, 2 semanas por
Maya.
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octubre 7, 2020 a las 1:59 am #1267
hola : soy aspirante a compositor principiante.
consultas.
con respecto al registro de obra inedita.los audios mp3
1)que tipo de caracteristicas tendria que tener?
2)cancion base simple? , o tiene que tener arreglos?
3)el disco, Cd tiene algun tipo de orden demandante por parte de sadaic con respecto al grabado?¿
4)tiene que gravarse como imagen? o pueden ser grabados en el disco como si fuese pendrive carpeta archivos?las partituras.
1)pueden ser voz y guitarra todo junto? o por separado?
2) alguna aclaracion de importancia y objetiva?octubre 7, 2020 a las 11:12 pm #1282Maya
ParticipanteHola Johny!
SADAIC no tiene nada que ver con la grabación. Se registran las obras.
Melodía y letra.
podés grabar con el celu cantando acapella si queres, da igual.
Y en la partitura escribí eso, la melo.
Abrazo!octubre 9, 2020 a las 1:24 pm #1288Adrián Leonardo Olivieri
ParticipanteHola a todos! Consulta para Maya o quien pueda sacarme la duda.
Se registran las obras en DNDA / SADAIC como ineditas osea que vencen a los 3 años si no renovamos. Entiendo que esto no es la muerte de nadie según explica Maya. Mi duda es, Luego de subir el disco a la distribuidora digital como productor fonográfico persona física y registrar el fonograma en la DNDA ¿las obras dejan de ser ineditas ante DNDA y SADAIC? Hay que hacer algún tramite mas sobre estas obras? El simple hecho de registrar el Fonograma ante DNDA, CAPIF, declarar en AADI hace que la obra pase a figurar como editada? porque entiendo que un productor fonográfico no es una editorial. Y por ultimo, tengo que declarar o hacer algún tramite extra en SADAIC tras la publicación solo en soporte digital de un fonograma como contra parte del fonomecánico para discos fisicos?
Desde ya muchas gracias, bendito este espacio en donde se comparte información calificada en un marco respeto y buena onda para ayudarnos entre todos!octubre 9, 2020 a las 7:21 pm #1292Maya
ParticipanteHola Adrián!!
Qué buenas preguntas!1)
Al estar registrados los temas en SADAIC no importa que venza lo de DNDA, es prueba más que contundente de tu derecho de autor sobre los mismos. Nadie renueva a los 3 años el trámite de Inédita una vez que está en SADAIC.
2)
Las obras son o bien INÉDITAS o bien EDITADAS. Puede ser INÉDITAS GRABADAS o EDITADAS GRABADAS. Si nunca tiene editorial ese tema siempre será «inédito». La verdad? Es un anacronismo.. no significa nada esa palabra. Viene de otra época. Hoy día, con tanta música autogestiva, cada vez menos va a haber música «editada» (hecha librito por una editorial musical). ASí que no te preocupes por eso. No afecta en nada tu liquidación en SADAIC.
Lo que SI afecta es la condición de grabada. En el video #5 de la serie de autogestión, en mi canal, al final de ese video, explico esto.
3)
No, no tenés que pagar nada en SADAIC al grabar y subir música digital. Porque ellos le cobran directamente a Spotify, Itunes, etc. las regalías mecánicas que van a los autores. Así que no tenés que hacer ningún trámite.Mateabrazo!
noviembre 10, 2020 a las 12:58 am #1423damian
ParticipanteHola!! consulta: Esto haciendo el boletin de una cancion ajena, que esta subida en spotify con el titulo equivocado. Se puede registrar en sadaic con el titulo original o si o si deberian coincidir estos dos? sospecho que deberian coincidir. Desde ya gracias!
noviembre 11, 2020 a las 5:04 pm #1431Hola!! consulta: Esto haciendo el boletin de una cancion ajena, que esta subida en spotify con el titulo equivocado. Se puede registrar en sadaic con el titulo original o si o si deberian coincidir estos dos? sospecho que deberian coincidir. Desde ya gracias!
Lo más fácil es via distribuidora modificar la metadata de la canción ya subida a spotify.
Saludos, Ernes.
https://open.spotify.com/artist/3qrFZwvI28VpMa6G1TvgJ6
noviembre 12, 2020 a las 12:30 pm #1432damian
ParticipanteMuchas gracias ernes! abrazo !!
diciembre 10, 2020 a las 12:35 am #1478Martin
ParticipanteHola comunidad
Soy Martin de Villa Mercedes San Luis
Primera intervención en mapamusical
Mi pregunta es la siguiente
Al momento de enviar el sobre a la dnda:
Debe ir por correo argentino si o si?
Se paga como cualquier envío?
Muchas graciasmarzo 18, 2021 a las 8:10 pm #1592Sergio
ParticipanteHola, soy nuevo en el foro, mi inquietud es la siguiente: quiero realizar gestiones de registración en la DNDA y SADAIC pero para otros autores, de canciones que no son mias, son de músicos amigos que necesitan que les haga la partitura y todo el trámite integral… yo lo hice para mis canciones pero no veo cómo poder realizar el tramite para otros sin ser autor de la canción, en la DNDA creo que no habria problemas porque solamente tengo que pagar el arancel y colocar los datos de los autores,¿verdad? pero luego en SADAIC me piden que envíe el Boletin de declaracion firmado por, al menos, uno de los autores y como los autores están en otras provincias, tendría que firmar yo pero no soy autor…y no me gustaría pedirles entrar como autor para poder hacerles el tramite, prefiero cobrarles un precio por hacerles la partitura y el tramite completo de forma transparente y listo pero no se si se puede. ¿Algun consejo?
Gracias!!
Sergiomarzo 24, 2021 a las 10:40 pm #1604Maya
ParticipanteHola Sergio!
Es así. Lo único que se me ocurre, es que ahora, como el envío es digital, podrías hacer el boletín sin imprimir, trabajar sobre el PDF, insertando firma digital de los autores. Pero el tema es que Sadaic dice que tenemos que guardar los boletines físicos porque «pos pandemia» podrían ser solicitados, y ahí si tiene que estar la firma en los originales.
Consultan muchas personas por esto, la verdad, a mi parece que el trámite es personal y lo tienen que hacer ellos, más allá de la ayuda que le podes brindar. Por ej, una compañera del Foro, Ceci Pugliese, les entrega el boletín listo, con la partitura, todo completado, ellos lo imprimen, firman, sacan fotos y hacen el envío por WeTRansfer, junto al resto de lo que se pide.
Si alguien tiene otra idea, la puede comentar…
Saludos!!marzo 28, 2021 a las 3:30 pm #1608Hola como estan? compuse una canción en letra y musica, pero tiene un fragmento de la letra que corresponde a un poema ya publicado cuyo autor ya fallecio.
Como se registra algo asi? me tendria que comumicar con familiares o algo por el estilo?marzo 29, 2021 a las 7:50 pm #1610Maya
ParticipanteHola Seba! (sos Seba Verón, el de Carreta Paso?)
Escrible a mbagnoli@sadaic.org.ar (MAIL CORREGIDO) Ella está en esa área. Si el fallecido era socio de Sadaic, pueden localizar a los herederos. Si podes hacerlo vos, también. Pero si o si necesitas autorización para registrarlo.
Pero si es solo un pedacito, no, no pasa nada. Es lo que se conoce como «derecho de cita». Pero tiene que ser mínimo el porcentaje de cita con respecto a la obra total.
Abz!abril 6, 2021 a las 1:14 pm #1616Buen día gente como andan? Les hago una consulta con mi banda tenemos q registrar letra y música de 8/9 canciones de las cuales seguro vamos a elegir 4. El tema es q las canciones que decidamos grabar como para mostrar en redes sociales los vamos a producir con un productor musical. Entonces mi duda es que yo voy a registrar en dnda la letra(que no se va a modificar) y la música(sujeta a modificaciones por el productor musical).
En una situación así si yo registro el tema original va a cubrir al resultado del trabajo del productor musical? Esa es mi duda. No se si después de que la música se «modifique» lo tengo q volver a registrar o como hacer. Hoy estuve intentando comunicarme con el teléfono que figura en dnda pero no tuve éxito.
Muchas graciasabril 14, 2021 a las 3:16 pm #1630Hola Maya! si soy el Carreta Paso =)
gracias por la respuesta! super util!!!!!abril 14, 2021 a las 3:27 pm #1631Lo unico, es que me reboto la direccion de mail. lbagnoli@sadaic.org.ar
Esta bien escrita asi? -
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